La demanda colectiva interpuesta por ADICAE frente a Caja Extremadura ha obtenido una sentencia judicial del juzgado de 1ª instancia nº 1 y de lo mercantil de Cáceres que obliga a Caja Extremadura a anular los contratos por los que atrapó los ahorros de más de 6.000 afectados de manera fraudulenta.
La demanda de ADICAE, que agrupa a cientos de afectados por Caja Extremadura y a decenas de miles por el fraude de las preferentes, reclamaba la devolución del 100% de los ahorros para los afectados y la abusividad de las cláusulas y prácticas empleadas en la colocación.
La demanda de ADICAE demostraba el carácter abusivo y engañoso de la forma en que, de manera generalizada y masiva, se comercializaron los 170 millones de euros de obligaciones subordinadas emitidos por Caja Extremadura entre 2000 y 2005, acreditando en 5 puntos de su demanda desde prácticas que abarcan el modo de concebir, diseñar y ejecutar el clausulado contractual, hasta otras que atañen a las omisiones de cláusulas e informaciones obligatorias, pasando por conductas que reúnen un marcado carácter tendencioso y que buscaban ocultar la realidad del producto que se colocaba.
El juez, que estima la práctica totalidad de las peticiones de ADICAE y condena en costas a la entidad, declara “abusivas las prácticas de la demandada realizados con consumidores y descritas [...] Es decir, quedan afectadas: la omisión de la información requerida en la normativa MiFID, de los test de conveniencia, la insuficiencia de la información contractual, la consideración de dichos instrumentos financieros como no complejos, y la asociación documental o informativa (en el propio contrato y cuando exista) del instrumento con un contrato de depósito, de ahorro, libreta de ahorro, IPF o términos similares.”
De esta forma el juzgado considera acreditado, además de la abusividad de diversas cláusulas recogidas en las órdenes de compra de la deuda subordinada, la falta de información a los consumidores y el engaño y abusividad de la venta masiva llevada a cabo, aspectos que considera de entidad suficiente, como pedía ADICAE, para anular los contratos.
Prosigue el juez con una justicia total para los consumidores y el colectivo de familias ahogadas y afectadas declarando “la existencia de una situación no equitativa en la posición de las partes como consecuencia de dichas cláusulas que no puede ser subsanada y DECLARO la ineficacia de los negocios y actos jurídicos para las suscripciones de deuda subordinada de Caja Extremadura realizados por consumidores, vigentes en 2012 y que han sido canjeadas obligatoriamente por acciones de Liberbank SA y el derecho a la devolución de las cantidades entregadas en virtud de las mismas, descontando las cantidades que el consumidor haya recibido por cualquier concepto”.
Ello viene a contradecir y “pone en la picota” el modo en el que el FROB impone, gestiona y decide los injustísimos canjes y quitas que tantos afectados han soportado. Todo un tirón de orejas, y un problema, para el Sr Restoy y el Sr. de Guindos.
ADICAE informará a todos los afectados que acudan las sedes de la asociación sobre los pasos a dar a partir de ahora, además de impulsar el acatamiento y aplicación de la sentencia por parte de Liberbank para el conjunto de los afectados.
Esta decisión del juzgado nº1 de Cáceres viene a demostrar que la batalla de ADICAE por la eficacia procesal de la acción colectiva judicial, como mecanismo de utilidad para los conflictos masivos, es incontestable y más necesaria que nunca ante unos juzgados masificados y saturados por los cientos de miles de afectados de las preferentes o de las cláusulas suelo, fraudes ante los que ADICAE prosigue con su estrategia judicial colectiva y reivindicativa.
|